Preguntas frecuentes – Consejos Municipales de Cultura 2023

1. ¿Cuál es el plazo de solicitud de esta subvención?

El plazo es de un mes a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

Finaliza el 22 de junio de 2023.

2. ¿Dónde puedo encontrar el texto íntegro de la convocatoria?

En la pestaña Convocatorias deberemos indicar en el código BDNS el número 695100, y el resultado de la búsqueda nos mostrará el Decreto de aprobación de la convocatoria.

3. ¿Cuál es el objeto de esta convocatoria?

Fomentar la creación y el funcionamiento habitual de los Consejos Municipales de Cultura (CMC) y la elaboración y el desarrollo de Planes Municipales de Acción Cultural (PMAC).

4. ¿Qué entidades pueden optar a esta subvención?

Pueden beneficiarse de esta subvención los ayuntamientos de la provincia de Valencia con población inferior a 100.000 habitantes.

Quedan excluidas las Entidades Locales Menores (EATIM) y las mancomunidades.

5. ¿Cuáles son los requisitos que deberán cumplir las entidades beneficiarias para optar a esta subvención?

Se podrán beneficiar de estas ayudas las entidades locales que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

1. Los CMC de nueva creación (que puedan certificar la aprobación definitiva de su reglamento o estatutos), o aquellos que no siendo de nueva creación no hayan sido beneficiarios de subvención en alguna convocatoria anterior por este mismo concepto.

2. Los CMC que habiendo sido beneficiarios de subvención en alguna convocatoria anterior hayan cambiado el estado que fundamentó el otorgamiento de esta en la última edición de participación y lo demuestren documentalmente.

3. Los CMC que, habiendo sido beneficiarios de subvención en alguna convocatoria anterior y ya disponen de PMAC aprobado, puedan demostrar documentalmente a través de la programación cultural o el detalle de las acciones culturales implementadas en el municipio, que el PMAC sirve de documento estructural del desarrollo cultural del municipio.

6. ¿Cuál es el periodo de validez para el cumplimiento de los requisitos?

El periodo de validez será hasta el último día del plazo de la solicitud de esta subvención.

7. ¿Un ayuntamiento puede recibir una subvención por el mismo concepto por el que ya fue beneficiario en convocatorias anteriores?

No, en ningún caso.

8. ¿Qué documentación se debe presentar junto a la solicitud?

Se adjuntará uno de los siguientes documentos, certificado por la Secretaría del ayuntamiento solicitante:

  • La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Valencia de la aprobación definitiva de los Estatutos o del Reglamento de Organización y Funcionamiento del CMC.
  • El acta de la última convocatoria del CMC celebrada desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención de la convocatoria anterior, 3 de octubre de 2022.
  • El PMAC en su primera fase de diagnóstico, aprobado por el CMC o que la entidad haya adquirido el compromiso económico para la contratación de su redacción durante el ejercicio 2023.
  • El PMAC (primera fase de diagnóstico y segunda fase de plan estratégico) aprobado por el CMC o que la entidad haya adquirido el compromiso económico para la contratación de su redacción durante el ejercicio 2023.
  • Programación cultural o detalle de las acciones culturales implementadas o previstas para su realización, dentro del plazo de ejecución de la subvención, debidamente aprobada por el CMC. La programación deberá justificar el cumplimiento de, al menos, uno de los objetivos estratégicos establecidos en el PMAC y su utilidad como documento estructural del desarrollo cultural del municipio.

9. ¿Cuál es el importe de subvención que se puede obtener?

La cuantía económica total prevista en esta convocatoria (30.000 euros) se repartirá entre las entidades solicitantes de la siguiente manera:

Motivo de otorgamientoCuantía económica
1. Publicación definitiva de los Estatutos500 euros
2. Funcionamiento del CMC500 euros
3. Elaboración PMAC (fase de diagnóstico)1.000 euros
4. Elaboración PMAC (fase estratégica)2.000 euros
5. Implementación de, al menos, un objetivo del PMAC3.000 euros

En caso de que falte dinero, se reducirá a todos los beneficiarios las cantidades económicas de manera lineal. Por el contrario, en caso de sobrante, se repartirá linealmente entre las entidades beneficiarias que cumplan con el punto 5 del motivo de concesión.

10. ¿Dónde se presenta la solicitud?

La Diputación de Valencia dispone en su Sede electrónica de un espacio específico para la tramitación de solicitudes de subvenciones dirigido únicamente a las entidades locales. Se trata de la Carpeta Ayuntamiento.

11. ¿Se puede modificar la solicitud una vez presentada?

No se permite la reformulación de las solicitudes.

12. ¿Puedo obtener subvención de otras administraciones para el mismo proyecto?

Sí, esta convocatoria es compatible con la recepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración, ente público o privado.

13. Una vez concedida la subvención, ¿qué trámite se deberá cumplimentar para justificar la subvención?

Todas las entidades beneficiarias deberán aportar un certificado de la Secretaría general del ayuntamiento en el que deberá constar la fecha de inicio y la fecha final de inserción de la publicidad en los términos requeridos en la cláusula décima d) y la captura de pantalla de la web que muestre esta publicidad o el texto publicado en el tablón de anuncios.

Además, las entidades beneficiarias por los puntos 3 o 4 de concesión, en el caso de compromiso económico para la contratación de la redacción del PMAC durante el ejercicio 2023, certificado de la Secretaría o Intervención del ayuntamiento que haga constar que se ha aprobado dicha contratación, los datos del adjudicatario y el período de ejecución.

Y respecto a las entidades beneficiarias por el punto 5 (ejecución del PMAC), además de la publicidad:

– Una memoria de ejecución de la programación, firmada por el responsable, que declarada en la solicitud que sirviera de base para otorgar la subvención.

– Un certificado de la Intervención del ayuntamiento que justifique el pago de las actividades que componen la programación declarada en la solicitud que sirviera de base para otorgar la subvención.