1. ¿Cuál es el plazo de solicitud de esta subvención?
El plazo es de quince días a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
Finaliza el 12 de junio de 2023.
2. ¿Dónde puedo encontrar el texto íntegro de la convocatoria?
- En la web del SARC (https://sarc.dival.es/es/), en concreto en el enlace siguiente: https://sarc.dival.es/es/entidades-locales/convocatorias/proyectos-singulares.
- En la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), dirección web https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias.
(En la pestaña Convocatorias deberemos indicar en el código BDNS el número 695113, y el resultado de la búsqueda mostrará el Decreto de aprobación de la convocatoria.
3. ¿Cuál es el objeto de esta convocatoria?
Subvencionar a las entidades locales de la provincia de Valencia proyectos culturales singulares con contenidos e identidad propia y diferenciada de la programación cultural municipal.
4. ¿Qué tipo de proyectos singulares se subvencionan?
- Festivales, muestras o certámenes culturales: representaciones o exhibiciones de obras artísticas que pueden incluir la concesión de premios.
- Programaciones de música antigua y/o clásica: música medieval, renacentista, barroca, del clasicismo, del romanticismo y contemporánea.
- Actos conmemorativos relacionados con la cultura y el municipio, organizados y ejecutados por los ayuntamientos.
5. ¿Se excluye algún tipo de actividad?
Sí, se excluyen expresamente para los Festivales y las Programaciones de Música los siguientes tipos de actividades:
- taurinas, pirotécnicas, turísticas, gastronómicas, deportivas, socioculturales, juveniles, medioambientales;
- los mercados, ferias o porrats;
- las semanas, jornadas, encuentros o intercambios culturales;
- las fiestas mayores, patronales o populares y las celebraciones o festividades religiosas;
- los proyectos culturales con participación de asociaciones, escuelas municipales, centros escolares o bandas de música;
- los proyectos que se asemejen a una programación cultural, aunque sea de una modalidad específica
- y los proyectos de ámbito museográfico o exposiciones permanentes.
6. ¿A quién va dirigida esta subvención?
A los ayuntamientos de la provincia de Valencia con población inferior a 100.000 habitantes.
Las mancomunidades únicamente pueden solicitar la subvención para el epígrafe de Festivales.
Quedan excluidas las Entidades Locales Menores (EATIM).
7. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los proyectos de Festivales, muestras o certámenes?
- Haber celebrado al menos cinco ediciones en los últimos ocho años.
- El programa deberá contener al menos cuatro actividades diferentes de música, artes escénicas (teatro danza, circo, etc.), artes plásticas, cinematografía, animación lectora o cultura tradicional.
- El 20% de estas actividades deberán ser realizadas por artistas valencianos.
8. ¿Y los requisitos de las Programaciones de música antigua y/o clásica?
- El programa deberá contener un mínimo de cuatro conciertos distintos.
- Los conciertos deberán ser interpretados obligatoriamente por orquesta de cámara o clásica, por grupo de cámara, por piano o instrumento solista.
- El 20% de estos conciertos deberán ser interpretados por artistas valencianos.
9. ¿Y los requisitos de los Actos conmemorativos?
Se subvencionarán conmemoraciones del 25 aniversario o múltiplo de este.
10. ¿Puede un ayuntamiento solicitar subvención para los tres epígrafes de la convocatoria?
Sí, un mismo ayuntamiento podrá ser beneficiario de una subvención en cada uno de los epígrafes de la convocatoria.
11. ¿Qué documentación se debe presentar junto a la solicitud en el caso de Festivales y de Programaciones de música con ediciones anteriores?
A la solicitud se le deberá adjuntar la siguiente documentación:
– Anexo I. El modelo a cumplimentar disponible en la web del SARC (sarc.dival.es).
– El proyecto para 2023. Para facilitar la redacción del proyecto, el SARC les facilita un modelo-guía disponible en la web del SARC (sarc.dival.es).
– El presupuesto del proyecto 2023, con los gastos e ingresos previstos detallados por conceptos.
– Una memoria/resumen de la última edición celebrada del proyecto, con mención expresa de todos los aspectos establecidos para la valoración del proyecto.
– Certificado de la Intervención, en el que se especifiquen, respecto a la última edición celebrada, los siguientes datos: número de edición y año de celebración, el presupuesto ejecutado, los ingresos y gastos detallados por conceptos y las subvenciones obtenidas, en su caso.
12. ¿Qué documentación se debe presentar junto a la solicitud en el caso de Programaciones de música de nueva creación y de Actos conmemorativos?
– Anexo I. El modelo a cumplimentar disponible en la web del SARC (sarc.dival.es).
– El proyecto para 2023. Para facilitar la redacción del proyecto, el SARC les facilita un modelo-guía disponible en la web del SARC (sarc.dival.es).
– El presupuesto del proyecto 2023, con los gastos e ingresos previstos detallados por conceptos.
– Las facturas proforma expedidas por los proveedores de los gastos previstos para la ejecución del proyecto 2023.
13. ¿Cuál es el importe de subvención que se puede obtener?
La subvención es de concurrencia competitiva, por lo que las cantidades económicas globales previstas para cada epígrafe se reparten de manera proporcional entre las entidades beneficiarias que hayan conseguido el mínimo de puntos previsto para cada epígrafe, excepto para Actos conmemorativos:
- Festivales: 30 puntos
- Programación de música: 15 puntos.
El importe máximo para Festivales y Programaciones de música es de 30.000 euros y de 10.000 euros para Actos conmemorativos.
14. ¿Cuáles son criterios de concesión de estas subvenciones?
Es imprescindible para la valoración de los proyectos que la documentación exigida en la convocatoria (memoria, proyecto, certificado…) incluya todos los datos que son susceptibles de ser ponderados por la Comisión de Valoración.
Los criterios de valoración vienen establecidos en la cláusula octava de la convocatoria.
15. ¿Dónde se presenta la solicitud?
La Diputación de Valencia dispone en su Sede electrónica de un espacio específico para la tramitación de solicitudes de subvenciones dirigido únicamente a las entidades locales. Se trata de la Carpeta Ayuntamiento.
16. ¿Se puede modificar el proyecto presentado para la obtención de la subvención?
No se permite la reformulación de proyectos.
17. ¿Puedo obtener subvención de otras administraciones para el mismo proyecto?
Sí, esta convocatoria es compatible con la recepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración, ente público o privado, siempre y cuando el importe total de las subvenciones recibidas para la programación cultural no sea superior al coste de la programación subvencionada.