JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
El plazo de justificación finaliza el 24 de enero de 2025.
Una vez publicada la resolución de adjudicación en el BOP, y siempre que haya finalizado la ejecución del proyecto, las entidades beneficiarias podrán justificar la subvención de manera voluntaria hasta el 1 de diciembre de 2024. En ningún caso se permitirá justificación parcial de los gastos subvencionados.
Preguntas frecuentes – justificación de subvenciones Proyectos Intermunicipales
RESOLUCIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA CONVOCATORIA 2024
Publicada en el BOP 105 de 31 de mayo de 2024.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
1- Cuenta justificativa
Certificado de Intervención / Secretaría del municipio, con la relación de facturas, ingresos y gastos.
Acceso a modelo en formulario. (Disponible en formato para rellenar y generar en PDF)
2 – Memoria de la programación realizada
Memoria del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, que tendrá que ajustarse al proyecto presentado. La memoria deberá hacer constar los datos referidos a la programación ejecutada e incluirá todas las actividades realizadas que conforman la programación, el calendario de ejecución de las mismas, los destinatarios del proyecto, los gastos realizados e ingresos obtenidos, los medios de difusión utilizados y los resultados conseguidos, con expresión de los indicadores analizados para su evaluación.
3 – Material divulgativo o promocional de las actividades subvencionadas
Diligencia de la Secretaría de la entidad que acredite la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto objeto de la subvención. Se adjuntará a la diligencia, en el mismo documento, toda la documentación promocional empleada en la difusión del proyecto.
En el material promocional debe constar el logotipo vigente del SARC.
Modelo de diligencia para la acreditación del patrocinio
Toda esta documentación tiene que ser gestionada mediante la Carpeta Ayuntamiento.
Carpeta Ayuntamiento – Sede Electrónica de la Diputación de Valencia